Código Penal: De la justicia obsoleta a un marco legal para los delitos de la sociedad actual

Ruth Encarnacion | 22 julio 2025

Santo Domingo, RD.-El Código Penal de la República Dominicana es uno de los instrumentos jurídicos más antiguos aún en uso en la región, con base en el modelo francés de 1811. Durante años, su modificación ha estado en el centro de la polémica nacional, enfrentando tanto trabas políticas como controversias sociales, especialmente en temas sensibles como el aborto, el feminicidio y el acoso sexual.

Luego de múltiples intentos fallidos y presiones internas y externas, la propuesta de reforma avanza finalmente en el Congreso Nacional, con miras a su aprobación antes del 26 de julio de 2025, fecha límite de la presente legislatura.

El objetivo del nuevo código: adaptación a la nueva sociedad

El nuevo proyecto busca transformar el sistema penal dominicano, actualizando su lógica jurídica y fortaleciendo la eficiencia del sistema de justicia. Sus principales propósitos son:

Ampliar la tipificación de delitos modernos: el acoso cibernético, el feminicidio, el bullying y la violencia digital, entre otros, deben estar contemplados con claridad y sanciones proporcionales.

Endurecer las penas para crímenes graves: la impunidad ha tenido amparo en un código que ofrece penas mínimas.

Corregir lagunas legales: como la diferenciación entre homicidio doloso e involuntario, el tratamiento del aborto dentro de parámetros específicos, y distinciones claras en violencia de género.

Actualizar el marco penal para la era digital: incorporando tipos delictivos que hoy en día no existían, como el ciberacoso o la manipulación online de víctimas.

Esto responde a reclamos  y ciudadanos que exigen un sistema jurídico de acuerdo a los nuevos tiempos con los nuevos tipos de criminalidad y las transformaciones sociales.

Obstáculos internos y externos

La controversia del aborto

Uno de los escollos más persistentes que ha tenido el nuevo código penal, ha sido el tema del aborto, especialmente las conocidas "tres causales":

• Cuando está en riesgo la vida de la madre.

• Cuando el embarazo proviene de violación o incesto.

• Cuando hay malformación incompatible con la vida.

En esta nueva versión del proyecto, estas causales quedaron fuera con el objetivo de avanzar, una decisión que evidencia la tensión entre criterios conservadores y derechos reproductivos.

Presiones de la USAID

El diputado Elías Wessin Chávez en una ocasión señaló que la USAID promovía la igualdad de género y los derechos reproductivos, entre otros temas considerados controvertidos. Según el diputado, las presiones de esa agencia, en forma de manifestaciones y acciones sobre la opinión pública, frenaban la aprobación. A su juicio, con el "desmantelamiento de esa red", el proyecto retomó impulso sin interferencias externas.

Puntos Disidentes en el Código Penal Dominicano

Durante la revisión de los artículos que conforman el informe final del nuevo Código Penal, surgieron intensos debates entre los legisladores. Las diferencias se centraron especialmente en la forma en que se sancionarán ciertos delitos sensibles y altamente discutidos: el feminicidio, el aborto, el acoso sexual, el hostigamiento escolar (bullying) y el homicidio involuntario. A continuación, se detallan los puntos más polémicos y los cambios acordados.

Feminicidio: Definición específica y penas más severas

Uno de los temas más debatidos fue la tipificación precisa del feminicidio, que hasta ahora se confundía con otras formas de violencia doméstica o de género. Según explicó el diputado Eugenio Cedeño, el código vigente contiene hasta nueve apartados que de forma errónea incluían hechos que no encajaban estrictamente en el concepto de feminicidio, generando confusiones con otros delitos como la agresión conyugal o la violencia pasional.

El nuevo código busca corregir esta ambigüedad, definiendo el feminicidio como:

“El acto mediante el cual un hombre le quita la vida a una mujer por el simple hecho de ser mujer.”

Asimismo, se identifican tres circunstancias agravantes que permitirán clasificar el crimen como feminicidio agravado:

1. Si el cuerpo de la víctima aparece mutilado.

2. Si el cadáver es exhibido en público de manera vejatoria.

3. Si hay evidencia de violencia sexual o necrofilia.

El feminicidio simple, definido como el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer, conllevará una pena de 20 a 30 años de prisión. En tanto, el feminicidio agravado de 30 a 40 años.

Aborto: Nueva clasificación en tres categorías

Otro de los temas con mayor controversia fue la reestructuración de los artículos que penalizan el aborto. A diferencia del código actual, que aborda el aborto de manera general, el nuevo proyecto divide este delito en tres categorías diferenciadas:

1. Aborto consentido o practicado por un médico:

Este tipo de aborto ocurre cuando una mujer, en común acuerdo con un médico, decide interrumpir voluntariamente su embarazo en un centro de salud. En estas circunstancias el doctor recibirá la pena de 2 a 3 años de prisión.

2. Aborto provocado por la madre:

En esta modalidad, la mujer embarazada se practica el aborto a sí misma mediante el uso de métodos físicos, químicos o caseros este delito tendrá una Pena también de 2 a 3 años de prisión.

3. Aborto forzado:

Se refiere al aborto inducido sin el consentimiento de la mujer embarazada, lo que en el código anterior era castigado como homicidio.

o Pena actual: de 30 a 40 años.

o Nueva pena propuesta: 20 a 30 años, reconociendo su gravedad sin equipararlo al homicidio doloso.

Esta nueva clasificación busca dar mayor precisión legal, diferenciando los contextos del aborto y ajustando las penas a cada caso específico.

Acoso Sexual: Endurecimiento y ampliación de tipos penales

El acoso sexual también fue objeto de una importante revisión. El nuevo código incorpora diferentes tipos y contextos de acoso, otorgando especial atención al entorno digital. Estas son las principales reformas:

Acoso agravado:

Incluye los casos en que el acoso implica violencia, intimidación o uso de poder jerárquico (como en el lugar de trabajo).

• Pena máxima: hasta 30 años de prisión.

• Acoso cibernético:

Por primera vez se incluye el ciberacoso dentro del catálogo de agresiones sexuales. Esto obliga a definir y penalizar específicamente conductas como:

• Hostigamiento por redes sociales.

• Envío de imágenes no solicitadas con connotación sexual.

• Persecución digital o acecho en línea.

Bullying o hostigamiento escolar: una mirada preventiva 

El nuevo código penal también aborda el hostigamiento o bullying, incluyendo sanciones para aquellas conductas de acoso físico, verbal o psicológico dentro del entorno escolar o juvenil.

Sanciones:

• Menores de edad: medidas socioeducativas y terapias obligatorias.

• Adultos reincidentes: sanciones que pueden incluir multas y prisión menor, especialmente si los actos generan secuelas psicológicas o daños físicos a la víctima.

Esta inclusión reconoce el daño que estas conductas pueden causar desde edades tempranas y busca frenar la normalización del abuso entre pares.

Homicidio involuntario: caso Jet Set impulsa reforma

La reciente tragedia ocurrida el 8 de abril cuando colapsó la discoteca Jet Set dejando más de 200 personas fallecidas, puso en la agenda la necesidad de revisar el tratamiento del homicidio involuntario por negligencia.

En el código vigente, este delito se castiga con una pena ide tres meses a dos años de prisión.

El nuevo proyecto propone una pena aumentada de 2 a 3 años, considerando la responsabilidad penal por omisión o falta de medidas preventivas en espacios públicos o de alta concurrencia. Si bien la sanción sigue siendo menor en comparación con homicidios dolosos.

Estos puntos disidentes feminicidio, aborto, acoso sexual, bullying y homicidio involuntario reflejan no solo los desafíos jurídicos, sino también el pulso de la sociedad dominicana actual, que exige un código penal que proteja con justicia y defina con claridad.

A pesar de las diferencias ideológicas y políticas, los consensos alcanzados muestran que el país está dispuesto a enfrentar sus propias tensiones internas para lograr una legislación penal moderna. El proyecto avanza hacia su aprobación antes del 26–July 2025, fecha límite para esta legislatura.

Este nuevo marco legal no solo busca castigar con mayor contundencia, sino también prevenir, educar y proteger los derechos fundamentales de cada ciudadano, adaptándose a los nuevos tiempos.

Finalmente el 10 de julio el Senado aprobó en primera lectura el controversial proyecto de Código Penal con 413 artículos y dejando fuera las polémicas tres causales para la interrupción del embarazo.

Al momento de escribir este informe aún le falta ser aprobado en la Cámara Baja y finalmente promulgado por el presidente Luis Abinader.

Al parecer finalmente la República Dominicana dejará atrás el actual Código Penal que data de 1884.