La nueva composición de la Suprema Corte de Justicia

ElAvance | 21 octubre 2026

Paul J. Maldonado B.
Abogado y articulista

El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha culminado la fase de evaluación y ponderación de las hojas de desempeño de los magistrados de la Suprema Corte de Justicia que fueron sometidos al proceso de evaluación para determinar su confirmación o sustitución. Asimismo, ha conocido las aspiraciones de los profesionales del derecho que procuran integrar nuestro más alto tribunal judicial, correspondiéndole ahora decidir sobre las vacantes existentes y la presidencia de la Suprema Corte de Justicia.

Desde la creación del Consejo Nacional de la Magistratura, hemos tenido tres presidentes de la Suprema Corte de Justicia designados sin llegar directamente de la carrera judicial: Jorge Subero Isa, Mariano Germán Mejía y Luis Henry Molina Peña. Los tres han sido profesionales del derecho con trayectorias destacadas en diferentes ámbitos del ejercicio jurídico, académico e institucional.

Hoy se encuentra sobre la mesa la discusión de una de las posiciones de mayor trascendencia dentro de uno de los poderes del Estado: la presidencia de la Suprema Corte de Justicia. En ese escenario surge la figura del Dr. Fernando Langa, abogado con cuatro décadas de ejercicio profesional, catedrático y reconocido jurista, cuya eventual designación dependerá del respaldo y consenso que pueda alcanzar entre los integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura.

Una de mis ramas favoritas del derecho es, precisamente, el derecho civil, disciplina a la que el Dr. Langa ha dedicado una parte importante de su trayectoria profesional. Siempre he considerado que el derecho civil constituye una de las ramas fundamentales de nuestra ciencia jurídica, por ser la base sobre la cual descansan numerosas instituciones, relaciones jurídicas y principios esenciales para el ejercicio de la abogacía.

Conviene recordar que los expresidentes de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa y Mariano Germán Mejía, también desarrollaron importantes trayectorias vinculadas al derecho civil. En consecuencia, una eventual elección del Dr. Fernando Langa representaría, en cierta medida, la continuidad de esa tradición jurídica que ha estado presente en la dirección de nuestro máximo tribunal.

A favor de su candidatura se han pronunciado, según las manifestaciones de respaldo conocidas, jueces, abogados, representantes de facultades de derecho, cámaras de comercio, clubes deportivos y sectores vinculados a la Iglesia católica, como el Arzobispado de Santo Domingo. Estas expresiones de apoyo reflejan el interés que ha despertado su posible designación y el reconocimiento que distintos sectores de la sociedad atribuyen a su trayectoria profesional.

En contraposición, también se ha planteado la conveniencia de que, por primera vez desde la creación del Consejo Nacional de la Magistratura, un juez proveniente de la carrera judicial ocupe la presidencia de la Suprema Corte de Justicia. Respeto ese planteamiento; sin embargo, considero que debemos distinguir entre la experiencia estrictamente jurisdiccional y las capacidades de dirección, administración y gerencia que exige presidir uno de los poderes del Estado.

Un juez de carrera puede poseer extraordinarios conocimientos jurídicos, una trayectoria intachable y una sólida experiencia en la administración de justicia. No obstante, esas condiciones, por sí solas, no garantizan necesariamente las competencias gerenciales, administrativas y de ejecución institucional que demanda la presidencia del Poder Judicial. De igual manera, un profesional proveniente del ejercicio privado debe acreditar no solamente sus conocimientos jurídicos, sino también su capacidad para dirigir una estructura institucional de semejante magnitud.

No debemos olvidar que el presidente de la Suprema Corte de Justicia no se limita a ejercer funciones jurisdiccionales. También preside el Consejo del Poder Judicial, integra el Consejo Nacional de la Magistratura, dirige el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, además de asumir importantes responsabilidades institucionales y administrativas. Por tanto, una parte sustancial de sus funciones está vinculada a la conducción estratégica, la modernización, la eficiencia y el fortalecimiento de la administración de justicia.

Por estas razones, entiendo que debemos preservar la posibilidad de continuar con el modelo de designación que ha prevalecido durante casi tres décadas, mediante el cual destacados profesionales del derecho, provenientes de fuera de la carrera judicial, han asumido la presidencia de la Suprema Corte de Justicia. La experiencia acumulada constituye un referente que no debería descartarse por el solo hecho de que exista una legítima aspiración de promover a un juez de carrera.

Durante las entrevistas públicas realizadas por el Consejo Nacional de la Magistratura pudimos apreciar el elevado nivel de preparación de numerosos aspirantes, especialmente de aquellos jueces que han dedicado 25, 30 o más años de su vida al servicio de la judicatura dominicana. Muchos exhibieron conocimientos jurídicos, experiencia, madurez profesional y condiciones para formar parte de una alta corte, lo que evidencia la importancia de valorar sus méritos y trayectorias al momento de adoptar las decisiones correspondientes.

Otro aspecto que considero fundamental es la participación de las mujeres en la nueva composición de la Suprema Corte de Justicia. Dentro de las seis vacantes que serán cubiertas, entiendo que el Consejo Nacional de la Magistratura debería promover la designación de, por lo menos, tres mujeres, siempre atendiendo a los requisitos constitucionales de idoneidad, capacidad, integridad y mérito. La igualdad de género y la participación equilibrada de hombres y mujeres deben continuar fortaleciéndose en los espacios de mayor responsabilidad institucional.

Finalmente, una de las salas que requerirá especial atención en este proceso de recomposición es la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, competente en materia penal. Conforme al escenario de vacantes planteado, esta sala necesitaría incorporar tres nuevos integrantes, al contar únicamente con dos magistrados confirmados. Esta circunstancia podría hacer especialmente relevante la trayectoria de aquellos aspirantes que acrediten experiencia, especialización y conocimientos profundos en derecho penal y procesal penal.

La decisión que adoptará el Consejo Nacional de la Magistratura durante esta semana no debe limitarse a completar las vacantes existentes. También debe procurar una composición equilibrada, con magistrados de reconocida trayectoria, independencia, capacidad y compromiso institucional, así como una presidencia que reúna las condiciones necesarias para dirigir con eficiencia uno de los tres poderes del Estado.

La justicia dominicana necesita buenos jueces, pero también una dirección capaz de administrar, transformar y fortalecer el sistema judicial. Ambas responsabilidades son esenciales, aunque no necesariamente requieren las mismas competencias.