TC devuelve al TSE expediente sobre regulación de encuestas

ElAvance | 04 septiembre 2026

El Tribunal Constitucional (TC) devolvió al Tribunal Superior Electoral (TSE) el expediente relacionado con la prohibición de publicar y difundir encuestas electorales, luego de determinar que el caso no fue remitido por la vía procesal correspondiente.

La controversia se originó a partir de una resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que estableció reglas para el registro de las firmas encuestadoras, así como para la publicación y difusión de encuestas electorales. La organización Justicia Sin Fronteras impugnó dichas disposiciones ante el TSE, tribunal que posteriormente se declaró incompetente y decidió remitir el expediente al TC, al considerar que el conflicto planteaba una cuestión de constitucionalidad cuya revisión correspondía a esa alta corte.

El TC rechazó ese procedimiento. Según explicó, el hecho de que un tribunal se declare incompetente no significa que pueda remitir directamente un expediente al Constitucional para que este asuma su conocimiento. Una demanda presentada ante el TSE, sostuvo, no se transforma automáticamente en un proceso constitucional por la sola decisión de ese tribunal de apartarse del caso.

En consecuencia, el TC ordenó la devolución del expediente al TSE y calificó como un “erróneo envío” la remisión realizada. La alta corte señaló que, aunque los tribunales tienen la facultad de determinar su propia competencia, esa potestad no les permite alterar las atribuciones que la Constitución y las leyes asignan a otros órganos jurisdiccionales.

La decisión tampoco entra a determinar si las normas establecidas por la JCE sobre las encuestas electorales son constitucionales o no. De igual manera, el TC no se pronunció sobre la solicitud de suspensión provisional de las disposiciones cuestionadas. Su decisión se limitó a establecer que el expediente no llegó al Constitucional mediante el mecanismo procesal adecuado y que, por tanto, corresponde que sea devuelto al TSE.

Mientras tanto, la situación de la regulación cuestionada ha cambiado de manera provisional. El pasado 20 de agosto, la JCE suspendió temporalmente la aplicación del artículo 13 de la resolución, que prohibía la publicación o difusión de encuestas con fines electorales fuera de los períodos de precampaña y campaña. La suspensión también abarcó las disposiciones sancionadoras relacionadas con dicha prohibición.

Esta medida permanecerá vigente mientras las instancias competentes determinan la legalidad de la regulación y se define el fondo de la controversia.