Video: Yayo Sanz Lovatón anuncia inicio de la Gracia Navideña 2025 para la diáspora dominicana

ElAvance | 30 noviembre 2025

Santo Domingo. – El director general de Aduanas, Eduardo “Yayo” Sanz Lovatón, anunció oficialmente la puesta en marcha de la Gracia Navideña 2025, un mecanismo que permite a los dominicanos residentes en el exterior traer regalos al país sin el pago de impuestos de importación, siempre que el valor total no supere los US$5,500, conforme a las disposiciones establecidas por la institución.

Sanz Lovatón informó que el período de aplicación correrá desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 15 de enero de 2026, y destacó que este beneficio se mantiene como un reconocimiento al aporte constante de la diáspora dominicana y una manera de facilitar su regreso al país en la temporada navideña.

“Cada año esperamos con alegría el regreso de nuestros dominicanos en el exterior, y la Gracia Navideña es nuestra manera de decirles que este país sigue siendo su casa. Queremos que vuelvan, que abracen a los suyos y que puedan traerles un detalle sin preocupaciones. Este beneficio es un gesto de gratitud y cercanía hacia quienes, desde lejos, nunca dejan de aportar y de pensar en su tierra”, expresó el el director general de Aduanas.

El director explicó que la medida contempla requisitos específicos tanto para artículos que viajan con el pasajero como para aquellos enviados mediante courier.

En ambos casos, el beneficiario debe ser residente en el exterior, no haber ingresado al país en los últimos seis meses, y la exoneración aplica solo para un miembro por familia. Para retirar los artículos, es obligatorio presentar el pasaporte que confirme una entrada al país dentro del período de vigencia de la gracia.

Sanz Lovatón precisó que, cuando los regalos llegan con el viajero, solo se permite una unidad por tipo de mercancía y sin fines comerciales. Para envíos por courier, se permite hasta tres unidades del mismo tipo, manteniendo siempre el límite total de valor permitido.

Asimismo, recordó que existen productos excluidos de este beneficio, entre ellos vehículos de motor, armas de fuego y materias primas de uso industrial o agrícola, como insumos químicos, materiales para manufactura y productos destinados a procesos productivos.