Tribunal Constitucional anula Ley de la Fuerza Pública que regula los embargos

ElAvance | 10 septiembre 2025

Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional la Ley 396-19, que regula el otorgamiento de la fuerza pública, y pide al Congreso Nacional trabajar en nueva legislación.

La decisión fue adoptada tras los jueces acoger una acción directa de inconstitucionalidad y establecer que la legislación contraviene principios constitucionales clave.

En ese sentido, establecieron que los legisladores deben dictar una nueva ley que enmiende la situación de inconstitucionalidad que afecta la Ley 396-19, dando cumplimiento a las disposiciones del artículo 112 de la Constitución.

También, se ordenó la comunicación vía la Secretaría General del TC, a las partes accionantes, señores Genaro A. Silvestre Scroggins; Franklin José Zabala Jiménez; y a la Asociación Nacional de Alguaciles Unidos (ANAU).

Mediante la sentencia TC/0743/25, el TC determinó la inconstitucional basada en que la Ley 396-19 no se tramitó como una ley orgánica, a pesar de que una decisión del 2013 había señalado que este tipo de normativa debe seguir ese procedimiento.

Aduce que violó el artículo 112 de la Constitución Dominicana, que exige un procedimiento especial para la creación de leyes orgánicas.

Además, reafirmó que la facultad de ejecutar lo juzgado es exclusiva del Poder Judicial, conforme al artículo 149, párrafo I, de la Constitución.

El fallo aclara que el control y otorgamiento de la fuerza pública para la ejecución de sentencias judiciales forma parte de la función jurisdiccional. Por lo tanto, esta competencia debe ser ejercida por los jueces que dictaron la decisión o por los tribunales competentes.