Rangos eternos; policías y militares estancados a la espera de un ascenso

Julissa Reyes | 01 junio 2026

Yulissa Reyes

La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas de la República Dominicana, constituyen dos instituciones vitales en el ordenamiento social e institucional del país.  La primera tiene la responsabilidad de mantener el orden y la seguridad a lo interno de la nación, mientras las entidades que conforman las FFAA -Ejército de la República Dominicana ERD, Fuerza Aérea de la República Dominicana y la Armada Dominicana-, tienen sobre sus hombros garantizar la defensa del territorio y la soberanía del Estado.

Las FFAA surgieron prácticamente con la fundación de la República, al proclamarse la primera Constitución el 6 de noviembre de 1844, mientras que la PN se encamina a un siglo de existencia, tras ser creada en 1936.

Desde el principio, la corrupción y las violaciones al ordenamiento interno de estas importantes entidades ha sido la práctica en todos los aspectos. No obstante, este informe se concentra en las irregularidades respecto al cumplimiento de las reglas para aplicar los ascensos entre sus miembros, tal como establece la normativa legal que rige estos órganos estatales.

Se trata de una realidad que a lo largo de la historia ha generado un amplio malestar dentro de estos organismos de seguridad, ya que, mientras algunos privilegiados al parecer ascienden por un ascensor, muchos van por una escalera eléctrica, pero dañada.

De acuerdo con los procedimientos actuales, el sistema de ascensos en las FFAA y Policía Nacional se rige por factores como antigüedad en el rango, disciplina, capacitación y desempeño, establecidos dentro del escalafón policial. Este mecanismo busca garantizar que cada miembro avance de manera progresiva y justa dentro de la jerarquía y que, conforme a los lineamientos, ocupen sus respectivos cargos.

Sin embargo, diversas denuncias internas, muchas de ellas no formalizadas por temor a represalias, apuntan a que oficiales estarían siendo ascendidos sin cumplir los años mínimos requeridos, mientras otros permanecen estancados durante períodos excesivos. En teoría, el paso de un rango a otro debe implicar años de servicio acumulado y evaluación constante.

Sin embargo, las irregularidades e injusticias en torno a las promociones provocan desmotivación, percepción de favoritismo político o personal, debilitamiento de la disciplina interna, conflictos silenciosos dentro de unidades operativas, entre otras situaciones negativas.

 ¿Qué establece la ley de las Fuerzas Armadas en cuanto a los ascensos?

 La legislación que actualmente rige a las Fuerzas Armadas en República Dominicana es la Ley Orgánica No. 139-13.

Esta normativa puntualiza en su artículo 116 que para ascender de rango se deben cumplir aptitudes profesionales, físicas, morales y antigüedad.

Las FFAA se rigen por la Ley 139-13.

El Artículo 120 de la normativa que rige las FFAA establece los requisitos de tiempo mínimo que deben cumplir los miembros militares antes de ser considerados para ascensos en sus respectivos rangos, tanto en el Ejército, la Fuerza Aérea como en la Armada.

De acuerdo con la disposición, el tiempo mínimo efectivo en cada grado es un requisito indispensable para optar por el rango superior inmediato en tiempos de paz, aplicando de manera diferenciada según la institución militar.

En el caso del Ejército de República Dominicana (ERD) y la Fuerza Aérea de República Dominicana (FARD), se establece que los cadetes deben cumplir un período mínimo de cuatro años antes de ascender. Este mismo tiempo aplica para el paso de segundo teniente a primer teniente, y de primer teniente a capitán.

Para el rango de capitán a mayor, el tiempo requerido es de cinco años, mientras que de mayor a teniente coronel se exige un mínimo de cuatro años. En tanto, el ascenso de teniente coronel a coronel requiere cinco años de servicio en el grado. Los rangos siguientes corresponden a General de Brigada y Mayor General.

Por su parte, en la Armada de República Dominicana (ARD), los guardiamarinas deben cumplir cuatro años para optar por el ascenso a teniente de corbeta. De igual forma, se requieren cuatro años para avanzar a teniente de fragata.

El ascenso a teniente de navío exige un período de cinco años, mientras que para alcanzar el rango de capitán de corbeta se requiere un mínimo de cuatro años. En los rangos superiores, el paso a capitán de fragata y capitán de navío demanda cinco años en cada grado. Siguen en el escalafón el Contralmirante y el Vicealmirante.

La normativa busca garantizar una carrera militar basada en la experiencia, la disciplina y la formación continua, asegurando que los ascensos respondan a criterios estructurados dentro de las instituciones castrenses.

No obstante, hasta la redacción de este medio han llegado múltiples quejas de soldados que llevan 6, 8 y hasta 12 años en el mismo rango.

Ante esta situación, El Avance Media habló con el sargento del Ejército de la República Dominicana, Víctor Gabriel Severino Encarnación, -nombre ficticio para proteger la identidad del relatante-.  El militar contó que tiene 23 años en la institución y hace 8 que permanece en el rango que ostenta en la actualidad.

Severino Encarnación atribuye esta situación a la falta de “padrinos” o influencias dentro de la institución, un factor que, a su juicio, incide directamente en las oportunidades de crecimiento profesional a lo interno del ERD.

En ese sentido, manifestó que varios compañeros de su misma promoción sí han logrado avanzar y ocupar los rangos correspondientes conforme a lo establecido por la ley. Indicó que el rezago en el que se mantiene su caso le genera mucha preocupación e incertidumbre respecto a su futuro dentro del Ejército.

Las quejas en torno a privilegios en los ascensos son viejas y reiterativas pese a que en el artículo 118 de la Ley 139-13 determina que la Junta de Evaluación de Ascensos sólo evaluará los miembros de las Fuerzas Armadas que de acuerdo al escalafón cumplan con los requisitos establecidos en la norma y su reglamento para fines de ascensos.

A continuación, precisa en su párrafo I que: – Queda prohibido que los miembros de las Fuerzas Armadas utilicen recomendaciones, procedimientos y mecanismos para obtener ascensos a través de terceros o por vías diferentes a las establecidas en la presente ley. Quienes violen esta medida o aquellos que sirvan de medio para ello, serán objeto de las sanciones correspondientes especificadas en los reglamentos militares.

Los ascensos en la Policía Nacional ¿Qué establece la Ley Orgánica 590-16?

La Ley Orgánica de la Policía Nacional, en su artículo 83 establece que los miembros de la uniformada pueden ser ascendidos cuando cumplan el tiempo mínimo en el rango y reúnan requisitos académicos, disciplinarios, de eficiencia y eficacia. De acuerdo con la norma, el período mínimo para poder ser promovidos es de 4 años en el rango.

La PN se rige por la Ley 590-16 la cual establece 4 años como período mínimo de tiempo para un agente ser promovido.

El párrafo IV del referido apartado establece como tiempo máximo de permanencia en un grado, el siguiente: Para el nivel básico, (6) seis años y para el nivel medio, (7) siete años.

El párrafo V señala que transcurridos los plazos establecidos en el párrafo IV de este artículo, los detentadores del grado deberán ser ascendidos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para tales fines.

El párrafo VI aclara que si la permanencia máxima en el grado del personal al que refiere el párrafo IV de este artículo, está motivada en que el aspirante no ha satisfecho los requisitos mínimos para ser ascendido sin causa justificada, será retirado o separado de las filas de la institución, de conformidad con lo establecido en esta ley.

En resumen, ningún agente debe permanecer más de 7 años en un mismo rango.

La opinión de un experto

El Avance Media consultó con el exmilitar y experto en el tema, Edward Almonte, quien corroboró que tradicionalmente dentro de la uniformada y los cuerpos castrenses no se sigue a cabalidad las directrices que establecen sus leyes en lo relativo a la promoción de sus miembros.

Edward Almonte fue militar y actualmente es productor del espacio Policía Militar RD

Almonte, quien en la actualidad es productor y presentador del espacio Policía-Militar RD en la plataforma YouTube, afirmó que el mismo presidente de la República incurre en violaciones a las normas internas de la PN y las FFAA, precisando que en ocasiones se han realizado promociones y movimientos fuera de fecha, aun cuando la Constitución establece que estos deben realizarse el 27 de febrero por motivo del aniversario de la Independencia Nacional.

Puntualizó que hay casos de generales que no son retirados, mientras sí se retiran otros con mucho menos tiempo en la institución, lo que perjudica el buen desarrollo de este efectivo, ya que se acorta su carrera.

Agentes consultados bajo condición de anonimato señalan que esto puede afectar la moral, especialmente cuando miembros con años de servicio ven limitadas sus oportunidades frente a ingresos externos con rangos asignados.

Ascensos recientes

El pasado 27 de febrero el presidente Luis Abinader emitió el Decreto 135-26, mediante el cual ascendió a varios oficiales superiores de las FFAA y colocó en condición de retiro a once altos oficiales, conforme a lo establecido en la Constitución y en la Ley  139-13.

El presidente Luis Abinader dispuso ascensos en la PN y las FFAA el pasado 27 de febrero.

Asimismo, con el Decreto 133-26 el mandatario dispuso cambios en la estructura de mando de la Policía Nacional, que incluyó el ascenso de 9,514 miembros

Las autoridades destacaron que estas promociones representan un reconocimiento al mérito, servicio y dedicación de los agentes en sus labores de protección ciudadana.

 La ley es el orden

La fortaleza de los cuerpos castrenses y la institución del orden no depende únicamente de sus armas o su capacidad operativa, sino también del respeto estricto a las leyes que rigen sus carreras institucionales.

Cuando los ascensos no se aplican por privilegios, sino por méritos, tiempo de servicio y cumplimiento de los requisitos establecidos, se fortalece la disciplina, la moral y la confianza interna.

Cumplir la norma de manera transparente no debe ser una opción, sino una garantía de justicia para todos los militares y policías de la patria.