Presidente prohíbe mediante decreto la importación de productos elaborados mediante trabajo forzoso

ElAvance | 24 julio 2026

Santo Domingo. El presidente Luis Abinader dispuso la prohibición de importar al país mercancías, productos o bienes elaborados total o parcialmente mediante trabajo forzoso, según establece el decreto 502-26, con el objetivo de proteger los derechos humanos y garantizar el cumplimiento de compromisos internacionales.

La medida aplicará a cualquier producto destinado al territorio aduanero nacional sobre el cual existan indicios razonables de haber sido producido bajo estas condiciones, sin importar su país de origen. Asimismo, los importadores deberán declarar en la Declaración Única Aduanera (DUA) si tienen conocimiento de que la mercancía fue elaborada mediante trabajo forzoso.

El decreto establece que la identificación de estos casos se basará en informes de organismos nacionales e internacionales, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como en información de actores del sector privado. Ante sospechas, la Dirección General de Aduanas solicitará un informe técnico al Ministerio de Trabajo para determinar si procede la prohibición de importación.

La disposición fue emitida horas después de que el Gobierno de Estados Unidos, encabezado por el presidente Donald Trump, anunciara aranceles de entre 10 % y 12.5 % a productos dominicanos y de otros países, alegando insuficientes esfuerzos para combatir el trabajo forzoso.

El trabajo forzoso se define como cualquier labor exigida bajo amenaza y sin consentimiento voluntario, conforme al Convenio 29 de la OIT, ratificado por República Dominicana.