Presidente Abinader devuelve al Congreso ley que crea el Ministerio de Justicia

Julissa Reyes | 31 julio 2025

El presidente Luis Abinader devolvió al Congreso Nacional la ley que crea el Ministerio de Justicia. Durante la sesión de este jueves en el Senado, los congresistas emendaron las observaciones hechas por el ejecutivo.

El pasado 23 de julio, el Senado de la República convirtió en ley el proyecto que propone crear el Ministerio de Justicia, con el objetivo de otorgarle las funciones administrativas del sistema judicial del país.

El presidente Luis Abinader, compartió su visión sobre lo que debe ser esta nueva institución gubernamental, la cual contempla la modificación de tres artículos, junto a sus numerales y párrafos.

El Senado de la República aceptó a unanimidad, con 26 votos, las variaciones propuestas por el Gobierno, por lo que fue enviada nuevamente al primer mandatario con el objetivo de lograr la promulgación.

Modificaciones

La Presidencia plantea la reformulación del artículo 6, para aclarar que el diseño de la política criminal del Estado es una potestad del Poder Ejecutivo, como lo establece el artículo 169 de la Constitución. Sin embargo, especificar que la coordinación y ejecución “conlleva esfuerzos de distintas dependencias”.

Además, sugirió alteraciones al artículo 9 para “precisar” las atribuciones que tendría lo que podría ser la nueva entidad del Gobierno.

Estas son las siguientes: “Coordinar la representación judicial y extrajudicial del Estado y la Administración Pública, coordinar el Sistema Nacional de Derechos Humanos; coordinar el Sistema Penitenciario y Correccional; coordinar los asuntos registrales bajo su competencia; participar en la formulación de la política criminal del Estado, conforme a las instrucciones dadas para ello por el presidente de la República. Las demás atribuciones que le confieren las leyes”.

Por último, estableció un nuevo texto sobre las competencias que deberá asumir el viceministro del Viceministerio de Políticas Públicas contra la Criminalidad, con relación a la formulación de la política del Estado.

“Este viceministerio deberá asistir al ministro de Justicia al edificar la planificación conforme le sea indicado por el presidente de la República, y en cualquier otro aspecto dentro del ámbito de competencias del Ministerio de Justicia, siempre que no sean atribuidas a otros de los viceministerios de Justicia”, dispone el artículo 22.

El párrafo que contiene el artículo delimita que este proceso se realizará “sin menoscabo de las funciones que corresponden a otros órganos y entes del Poder Ejecutivo, así como sin interferir en la independencia de los demás órganos y entes del Estado que integran el Sistema de Justicia”.