Objetivos del proyecto de ley crea registro de huellas y datos biométricos para atacar el crimen en RD

ElAvance | 20 junio 2024

Santo Domingo.- Ante la necesidad de que en la República Dominicana se implementen nuevas técnicas y procedimientos que permitan comprobar de manera precisa la identidad de personas que han infringido la ley y de aquellas que pueden ser víctimas de delitos, fue depositado en la Cámara de Diputados, el Proyecto de Ley que crea la base de datos para el reconocimiento facial biométrico, registros dactilares y palmares de ciudadanos dominicanos y extranjeros residentes en la República Dominicana.

Dicho proyecto, cuyo proponente es el diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Carlos Sánchez, fue depositado ante la Secretaría Legislativa el pasado 21 de abril de 2021, sin embargo, perimió, por lo que el legislador lo reintrodujo el 04 de junio de 2024.

La iniciativa, tomada en consideración por el Pleno, fue remitida a  la Comisión de Interior y Policía para su estudio, el pasado miércoles durante la sesión ordinaria en el hemiciclo de los diputados.

De acuerdo con la pieza, será la Policía Nacional, a través de los distintos departamentos de investigación, quien tendrá la responsabilidad de suministrar los datos para su actualización constante.

Asimismo, el congresista informó que el castigo a estos delitos se hará conforme a lo que dispone el Código Penal dominicano.

Establece que ante la realización de hechos lamentables que se podían evitar por parte de las instituciones del orden público que están llamadas a proteger a la población, es de suma importancia que se pueda verificar la autenticidad de las huellas y datos biométricos faciales, comparándolas con las contenidas en la cédula de identidad personal y electoral.

Agrega, que la RD acoge permanentemente a ciudadanos de otras naciones otorgándoles la residencia provisional o permanente, y ante esta situación es necesario tener el control total de la población para prevenir actos reñidos con la ley en nuestro país, por lo que entiende se hace necesaria una iniciativa que busque la creación, regulación, protección y optimización del sistema de identificación de personas existentes, posibilitando realizar tareas de búsqueda, almacenamiento y procesamiento de plantillas biométricas con mayor calidad y precisión.

De acuerdo con el documento depositado en la Cámara Baja, los objetivos que persigue la siguiente iniciativa son:

La prevención de Delitos de Suplantación de Identidad

La identificación de cadáveres y personas amnésicas, en estado de coma, mudas o extranjeras que no pueden comunicarse por no manejar el idioma específico del lugar donde se encuentran.

Adelantar la búsqueda selectiva de datos para establecer la identidad de personas víctimas de hechos delictivos como: Desaparición forzosa, femicidio, homicidio, trata de personas y demás delitos que debidamente motivados así lo requieran.

La identificación de los presuntos autores de un hecho delictivo con base a las huellas recolectadas en el lugar de los hechos, en los medios o instrumentos utilizados.

Facilitar la “individualización” de personas procesadas en calidad de imputados.

Para esto, el documento establece que se crea el sistema moderno de Identificación Combinada (ABIS), para la autentificación de las huellas y datos biométricos faciales encaminado a la parte de información de carácter criminal.  La cual estará adscrita a la Policía Nacional para efectos de garantizar mediante monitoreo constante la seguridad, principios de confidencialidad, transparencia y uso correcto de los certificados digitales el acceso.

Además, de que en el nuevo sistema de Identificación Combinada (ABIS), de la Procuraduría General de la República, se registrará el almacenamiento de los datos producto de investigaciones penales realizadas por la autoridad competente y será la Policía Nacional a través de los diferentes departamentos investigativos en materia criminal o delincuencial quienes se encargará de suministrar datos para su actualización.

La Procuraduría General de la República, y los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a través de sus peritos idóneos en Dactiloscopia y Lafoscopia, brindaran entrenamiento y apoyo al personal de la Dirección Nacional de Cedulación de la Junta Central Electoral Dominicano, en sus funciones de recopilar, corregir o actualizar la información facial biométrica, registros dactilares y palmares de todos los ciudadanos dominicanos y extranjeros residentes en la República Dominicana la cual se mantendrá resguardada en la base de datos adscrita al Tribunal Electoral, cuya información solo podrá ser consultadas por la Procuraduría General de la República, Los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y las distintas dependencias de seguridad nacional como son la Policía Nacional y defensa de la República Dominicana, con el único fin de identificación de personas bajo parámetros electorales, demográficos, migratorios, policiales y judiciales.

Ámbito de aplicación

 El ámbito de aplicación de la presente Ley es de aplicación obligatoria a todas las personas dominicanas y extranjeras sin distinción alguna, en toda la República Dominicana.

Junta Central Electoral

La Junta Central Electoral a través de la Dirección Nacional de Cedulación, facilitará la integración de conectividad mediante certificados digitales el acceso a la Procuraduría General de la República, Policía Nacional y a las dependencias militares del Ministerio de Defensa de la República Dominicana para el ejercicio de la identificación de personas, quienes deberán respetar lo concerniente en materia de derechos humanos, principios de confidencialidad y seguridad.

La pieza detalla que el Tribunal de la Junta Central Electoral como parte de sus atribuciones legales actualizará día a día la base de datos biométricos faciales de los menores de edad, a partir de los 16 años de edad, que es cuando se le entrega la cédula de menores a los adolescentes en República Dominicana, además es cuando las huellas dactilares y palmares de los menores terminan de variar.

Añade, que para garantizar la efectividad del reconocimiento de personas y en casos especiales en el que una persona haya borrado sus registros dactilares con ácido u con otro medio físico, el Tribunal Electoral bajo estas circunstancias cada vez que una persona renueve su cédula se encargará de actualizar los rasgos biométricos dejando como constancia que la persona no cuenta con huellas.

Identificación de los fondos

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se financian con los recursos correspondientes a la partida presupuestaria de la Procuraduría General de la Republica y la Policía Nacional.