Una de las empresas clausuradas por ministerio de Trabajo había sido sancionada en 2022

Martin Severino | 26 julio 2024

Santo Domingo. – Tras la disposición del ministerio de Trabajo que ordenó el cierre en el día de ayer de 11 empresas ubicadas en la Zona Franca Riosur de Santo Domingo Este, a causa de violaciones a la ley, y por condiciones de peligrosidad para sus trabajadores, ha llamado la atención que dentro de esa lista se encuentre una empresa china que había sido sancionada en 2022.

Se trata de la empresa Kington Aluminium SRL, la cual se dedica a la fabricación de metal estructural y arquitectónico, para producir perfiles de aluminio bajo las etapas de fundición, extrusión, pintura en polvo, anodizado, grano de madera, fabricación, freno térmico y embalaje.

La referida empresa había sido sancionada y cerrada el 6 de mayo de 2022, luego de que las autoridades detectaran graves infracciones laborales y prácticas abusivas que ponían en riesgo la vida de los trabajadores.

La penalización dada conocer en el día de ayer contra esta empresa es su segunda desde que entró en operación en el país el pasado 10 de abril de 2018, tras ser inaugurada por el expresidente Danilo Medina y su director general Xheng Qinqin, pero en 2022 los inspectores certificaron la existencia de obstáculos en su labor de supervisión, ya que según el reporte del ministerio de Trabajo, en varias ocasiones, Kington Aluminium obstaculizó la investigación, poniendo en condición de vulnerabilidad a sus trabajadores, razón por la cual se requirió el apoyo de la fuerza pública para garantizar la seguridad y la realización de las inspecciones.

Durante esas evaluaciones, los inspectores constataron 56 infracciones, e informaron sobre las irregularidades con los salarios mínimos, horas extras, la ausencia de un comité de seguridad y salud, descanso semanal, falta de pago de vacaciones y jornadas laborales excesivas.

Ayer, el ministerio de Trabajo recordó a las empresas que es su obligación garantizar un ambiente laboral adecuado para sus empleados, conforme a la Constitución Dominicana, el Código de Trabajo, el Convenio 81 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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