Llegó la hora cero para candidatos “engrasar sus maquinarias” y enfrentarse de tú a tú con sus oponentes

ElAvance | 22 marzo 2024

Santo Domingo.- Este miércoles 20 de marzo llegó la hora cero para que los candidatos a puestos de elección popular se eximan de realizar actos inaugurales de obras, ya sea por parte del Gobierno central o las alcaldías. La misma limitación aplica para todos los funcionarios del Estado.

Los candidatos a diferentes cargos electivos están a menos de dos meses para “engrasar sus maquinarias” de cara a las elecciones presidenciales y congresuales del próximo 19 de mayo, donde tendrán que utilizar estrategias más fuertes e inteligentes para enfrentar a sus oponentes.

Ya que el artículo 210 párrafo VI de la Ley 20-23 de Régimen Electoral establece que están prohibidos durante los cuarenta (40) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y sesenta (60) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías.

Quedando los actos de inauguración vetados en este período desde el 20 de marzo.

La ley también prohíbe el inicio de nuevos proyectos estatales mientras dure la campaña electoral.

A propósito, la Junta Central Electoral como órgano fiscalizador de los comicios emitió un comunicado recordándoles a los partidos las prohibiciones durante el período de la campaña, lo que nueva vez fue motivo de enfrentamientos entre legisladores de los principales partidos de oposición y el oficialismo.

Por un lado, la oposición aseguró que los oficialistas incurrirán en violaciones a la Ley de Régimen Electoral, indicando que se mantendrán vigilantes para denunciar esas faltas. Al mismo tiempo llamaron al órgano comicial no limitarse a emitir resoluciones, sino que debe perseguir y actuar contra estas violaciones.

En ese sentido, el diputado del opositor Partido de la Liberación Dominicana, Ángel Estévez, sostuvo que “la ley va a estar ahí pero ellos van a tratar de violar todo lo que puedan violar. La van a irrespetar a la Junta Central Electoral”, indicó.

De su lado, el diputado de la Fuerza del Pueblo, Hamlet Melo, indicó que “si ellos (oficialistas) quieren por las buenas, nosotros vamos por las buenas, pero si quieren por las malas, también iremos por las malas”.

Indicó que deben respetar la Ley de Partidos y Electoral, ya que es un tema de voluntad política y de respetar las normas jurídicas y la Constitución.

Mientras, los congresistas del PRM manifestaron que se acogerán a todas las disposiciones del órgano comicial, ya que siempre esa ha sido la bandera que ha caracterizado al partido de gobierno.

El vocero de los diputados del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Julito Fulcar, explicó que no tienen necesidad de utilizar dinero del Estado, ya que su mayor recurso es el pueblo, y que la oposición ha sustentado su campaña en una política errónea de denuncias contra denuncias sin presentar pruebas.

El legislador agregó que lo que si van a “inaugurar” es el trabajo de calle. “Salir hacia la calle a buscar ese pueblo que nos está esperando para endosarnos su respaldo”.

Asimismo, el congresista oficialista Amado Díaz, expresó que a la oposición se le hizo de noche ya que es tarde para ablandar habichuelas”.

“Nosotros no dependemos de la inauguraciones de obras para el sitial que tenemos. Nosotros sabemos que hacer, estamos haciendo lo que se hace en campaña, nada nuevo, el mano a mano con la gente”, sostuvo.

En tanto que el diputado perremeísta, Ygnacio Aracena, respaldó la posición de sus compañeros indicando que acatarán la resolución de la JCE , además de que no tienen porque utilizar recursos del Estado.

Añadió que el mejor recurso que puede utilizar el presidente Luis Abinader es el recurso del pueblo, que dice que 65 de cada 100 votarán por él.

En cuanto a la prohibición de la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías la Ley 20-23 establece que:

 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 párrafo VI de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, desde el día 20 de marzo de 2024 y hasta concluidas las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, está prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías.

Otras prohibiciones generales

La ley Electoral establece que la celebración de los actos públicos realizados por las entidades estatales no puede servir de escenario para la promoción de cualquiera de los candidatos postulados por los partidos, agrupaciones o movimientos políticos a las elecciones.

Asimismo, que no se podrá pintar ni diseñar letreros, dibujos, lemas, emblemas o cualquier otro tipo de propaganda electoral en los edificios donde funcionen organismos públicos, ni ser utilizados para fines de propaganda electoral.

Advierte que los funcionarios que en el ejercicio de la función pública utilicen fondos públicos con fines políticos para beneficiar a alguna organización política, incurren en un delito electoral y, por consiguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 316 numeral 19, de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, son susceptibles de ser castigados con la pena de uno (1) a tres (3) años de reclusión, lo cual será investigado y perseguido por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, que es la autoridad competente para estos casos, según la ley.