JCE define orden de los partidos en la boleta electoral de las  elecciones 2028

Julissa Reyes | 03 julio 2025

La Junta Central Electoral (JCE) anunció este jueves el nuevo orden que tendrán los partidos políticos en la boleta electoral para las elecciones del año 2028, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE), que también impacta la distribución del financiamiento público a las organizaciones partidarias para el 2025.

La decisión surge luego de que los partidos Alianza País (AlPaís), País Posible (PP) y Dominicanos por el Cambio (DxC) interpusieran un recurso ante el TSE, argumentando que la anterior distribución violaba principios constitucionales, afectaba derechos adquiridos y aplicaba criterios restrictivos, contrarios al principio de igualdad.

Mediante la resolución 15-2025, el organismo electoral acogió lo dispuesto por el TSE y estableció el siguiente orden:

1-Partido Revolucionario Moderno (PRM)

2-Fuerza del Pueblo (FP)

3-Partido de la Liberación Dominicana (PLD)

4-Partido Revolucionario Dominicano (PRD)

5-Partido Reformista Social Cristiano (PRSC)

6-Partido Dominicanos por el Cambio (DxC)

7-Partido País Posible (ALPaís)

8- Bloque Institucional Socialdemócrata (BIS)

9- Partido de Unidad Nacional (PUN)

10- Justicia Social (JS)

11- Partido Alianza País (ALPAIS)

12- Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD)

13- Partido Cívico Renovador (PCR)

14- Partido Generación de Servidores (GENS)

15- Partido Democrático Alternativo (MODA)

16- Partido Humanista Dominicano (PHD)

17- Partido Alianza por la Democracia (APD)

18- Partido Primero La Gente (PPG)

19-Partido Esperanza Democrática (PED)

20- Partido Opción Democrática (OD)

21- Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC)

22- Partido de Acción Liberal (PAL)

23- Frente Amplio (FAMP)

24-Partido Revolucionario Independiente (PRI)

25-Partido Acción Liberal (PAL)

26-Partido Popular Cristiano (PPC)

27- Partido Demócrata Popular (PDP)

28- Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC)

29- Partido Verde Dominicano (PASOVE)

30-Partido Socialista Cristiano (PDI)

31- Partido Demócrata Institucional (PDI)

32- Partido Nacional Voluntad Ciudadana (PNVC)

33-Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP)

34- Partido Camino Nuevo (PCN)

N/A Movimiento Independiente Unidad y Progreso (MIUP)

N/A Movimiento Comunitario Político Nosotros Pa Cuando (MCNPC)

N/A Movimiento Político Águila (MA)

N/A Movimiento Humanista Independiente (MHI)

N/A Movimiento Cívico Cabrereño (MCC)

N/A Movimiento Confraternidad Dominicana (CCD)

N/A Movimiento Independiente del Municipio Consuelo (MINCO)

La nueva distribución se basa en el fallo del TSE, que interpretó que en el artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la expresión "última elección" debe entenderse como el "último ciclo electoral", es decir, todas las elecciones ordinarias celebradas en un mismo año electoral, incluyendo municipales, congresuales y presidenciales.

El tribunal también estableció que dentro del segmento del 8 % del financiamiento estatal deben incluirse las organizaciones que conservaron su personería jurídica aunque no compitieran, así como los de nuevo registro.