Diputados aprueban Código Penal en segunda lectura con 40 modificaciones

ElAvance | 20 julio 2026

Santo Domingo, RD.-La Cámara de Diputados aprobó en segunda discusión un proyecto de ley que introduce 40 modificaciones a la Ley 74-25 del Código Penal, cuya entrada en vigencia está prevista para la primera semana de agosto. La iniciativa será remitida al Senado de la República, donde deberá ser conocida en dos lecturas antes de pasar al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación por el presidente Luis Abinader.

Las modificaciones aprobadas incluyen ocho nuevos cambios añadidos a los 32 ya realizados en la sesión del pasado sábado, como parte de un proceso acelerado de revisión legislativa previo a la aplicación del nuevo marco penal.

Entre los ajustes más relevantes figura la modificación del artículo 238, que establece sanciones de cinco a diez años de prisión mayor por estafa agravada. Se incorpora un párrafo que tipifica como agravante la venta o promesa de bienes en plano sin cumplir las condiciones pactadas, así como la comercialización de una misma propiedad a más de una persona.

En cuanto al artículo 177 sobre proxenetismo agravado, se eliminó un numeral relacionado con coacción o retención de documentos a la víctima, pero se reforzó la penalización cuando la captación de personas ocurra fuera del país o se utilicen establecimientos para facilitar la explotación sexual. Esta modificación fue propuesta por la Procuraduría General de la República, al estar contemplada en la Ley 137-03 sobre trata de personas.

Asimismo, el artículo 170 sobre autosecuestro fue corregido para incluir el término “preparación”, aclarando que los cómplices recibirán la misma sanción que el autor principal: dos a tres años de prisión menor y multas de hasta 15 salarios mínimos.

Otra modificación relevante corresponde al artículo 142, sobre exhibicionismo sexual, donde se añadió una eximente de responsabilidad penal para manifestaciones en contextos artísticos dirigidos a adultos y que no afecten el bien jurídico protegido.

En el artículo 173, relativo a la discriminación, se incorporó un párrafo que establece que no se considerará discriminación cuando la acción esté basada en el ejercicio legítimo de un derecho constitucional, imposibilidad material o causas de fuerza mayor. Esta inclusión responde a críticas generadas recientemente en redes sociales.

Otros artículos, como el 104 (sobre daños con sustancias químicas) y el 141 (prescripción de delitos sexuales), solo recibieron ajustes de forma. Además, se aprobó una disposición final que autoriza a técnicos a corregir errores ortográficos o de redacción en el texto legal.

Con estas modificaciones, el Congreso busca afinar el contenido del nuevo Código Penal antes de su implementación, en medio de un debate público y legislativo sobre su alcance y aplicación.