Código Penal entró en vigencia, pero aplaza la responsabilidad penal de las empresas

ElAvance | 03 agosto 2026

Santo Domingo. El abogado Víctor Eddy Mateo Vásquez explicó que, aunque el nuevo Código Penal entró en vigencia este martes, la aplicación del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas comenzará tres meses después de la publicación de la reforma en la Gaceta Oficial.

Al responder una pregunta sobre el alcance de la entrada en vigencia de las 27 modificaciones incorporadas al nuevo Código Penal, Mateo Vásquez explicó que esa situación responde al trámite legal de publicación en la Gaceta Oficial y precisó que la única disposición cuya aplicación fue diferida expresamente corresponde al régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Mateo Vásquez ofreció estas declaraciones durante una entrevista en El Avance Radio, que se transmite de lunes a viernes, de 7:00 a 9:00 de la mañana, por la emisora 100.1 FM, conducido por los periodistas Carlos Del Pozo, Yulissa Reyes, Martín Severino, Patricia Dipré y Víctor Herasme.

“Sí es un tema ya de trámite… existe la Gaceta Oficial. Lo único que se ha diferido por tres meses es el tema de la responsabilidad penal de la persona jurídica. Eso no entra en vigencia inmediatamente; entrará tres meses contados a partir de asentarse en la Gaceta Oficial”, explicó el abogado.

Mateo Vásquez indicó que, conforme a su interpretación jurídica, la entrada en vigor escalonada de esa disposición forma parte del régimen transitorio aprobado con la reforma y aclaró que el resto del Código Penal comenzó a regir conforme al procedimiento ordinario previsto por la legislación.

El abogado sostuvo que la aprobación del nuevo Código Penal representa una actualización necesaria del ordenamiento jurídico dominicano, al sustituir una legislación con más de un siglo de vigencia.

“Era un código que tenía 142 años. Lo importamos de una realidad totalmente distinta. Era un código napoleónico que asumimos cuando ya llevaba décadas aplicándose en Francia”, señaló.

Mateo Vásquez consideró que, más allá de las diferencias existentes sobre algunos aspectos de la reforma, el país requería un nuevo Código Penal que respondiera a la realidad jurídica y social actual.

Decreto sobre expendio de bebidas alcohólicas

En otro momento de la entrevista, Mateo Vásquez se refirió a la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional el Decreto 308-06, utilizado para regular los horarios de venta y expendio de bebidas alcohólicas, y sostuvo que el Congreso Nacional tiene la oportunidad de establecer ese régimen mediante una ley.

El abogado consideró que, aunque la sentencia otorgó un plazo de hasta dos años para legislar sobre la materia, no es necesario esperar ese tiempo y afirmó que el Poder Ejecutivo puede impulsar una iniciativa mucho antes.

“El presidente de la República tiene una gran oportunidad de dejar una ley. No hay que esperar los dos años; te están dando hasta dos años, pero tú puedes hacerla en seis meses o en un año”, expresó.

Mateo Vásquez insistió en que la acción de inconstitucionalidad que interpuso no buscaba eliminar los controles sobre el expendio de bebidas alcohólicas, sino garantizar que esas restricciones se establezcan conforme al marco constitucional.

“Aquí no se está apostando al desorden; aquí lo que queremos es que las cosas se hagan de manera correcta”, afirmó.

Asimismo, cuestionó la forma en que, a su juicio, se han ejecutado algunas medidas derivadas de ese decreto por parte del Ministerio de Interior y Policía.

“En pleno siglo XXI las autoridades no pueden actuar de una manera tan arbitraria y tan discrecional”, manifestó al referirse a actuaciones adoptadas durante la gestión de la ministra Faride Raful, al insistir en que cualquier limitación de derechos debe sustentarse en una ley y no únicamente en disposiciones administrativas.