Cobro por recolección de desechos sólidos: una facultad legal con grandes retos

Ruth Encarnacion | 30 julio 2025

Santo Domingo.-La Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios otorga a los ayuntamientos la facultad de crear y establecer tarifas por servicios municipales, incluyendo la recolección de desechos sólidos. Esto implica que cada municipio puede definir una tarifa fija o establecer un período de cobro para garantizar el financiamiento de este servicio esencial.

Sin embargo, implementar esta disposición ha representado un desafíoconstante para la municipalidad. Uno de los principales obstáculos es la falta de cultura depago entre los ciudadanos. En muchas comunidades, no existe el hábito ni la percepción de que el servicio de recolección de basura deba ser pagado directamente, lo que dificulta la sostenibilidad financiera del sistema.

Ante esta situación, las reacciones ciudadanas son variadas:

  • Algunos ciudadanos se muestran a favor de que se establezca una tarifa formal por la recolección de residuos, entendiendo que es un servicio vital que requiere recursos para operar eficientemente.
  • Otros, en cambio, consideran innecesario el cobro directo, al asumir que este servicio ya está cubierto a través de otros impuestos o consideran que el servicio no se presta con la calidad suficiente como para justificar un pago adicional.

Esto resalta la importancia de que los ayuntamientos implementen modelos decobro claros, equitativos y transparentes, que cuenten con respaldo normativo y se vinculen a una mejora visible del servicio.