La DIDA acompañará a familiares de fallecidos a recuperar más de 8 mil millones disponible en las AFP

Martin Severino | 27 agosto 2025

Santo Domingo. – La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA, informó este miércoles que estará acompañando 

a los familiares de afiliados fallecidos desde el año 2003 hasta la fecha y a mayores de 60 años que cotizaron en algún momento en una AFP a recuperar más de 8 mil millones de pesos que se encuentran disponibles en las aseguradoras.

Así lo informó el director de esa entidad, Elias Báez, quien añadió que la DIDA ayudará a los familiares con los trámites legales para adquirir los y puedan recibir los beneficios acumulados en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), los cuales, por desconocimiento o falta de información, no han sido solicitados.

Báez indicó que actualmente existen más de 117 mil cuentas de afiliados fallecidos cuyos recursos permanecen en las AFP, sin que sus beneficiarios legales hayan realizado el proceso de reclamación. “Se trata de dinero y beneficios que, por derecho, corresponden a sus familiares, ya sea en forma de devolución de saldo o como pensión de sobrevivencia”, puntualizó.

La DIDA, en cumplimiento de su mandato legal de orientar, asistir y defender a los afiliados y sus familias, ha dispuesto un plan especial de acompañamiento para facilitar los trámites requeridos en estos casos. La institución estará ofreciendo orientación directa y personalizada, con el objetivo de garantizar que ningún derecho quede en el olvido.

“Sabemos que muchas familias no han accedido a estos beneficios simplemente por falta de información o porque el proceso les resulta complejo. Por eso, desde la DIDA brindamos apoyo gratuito en cada paso, para asegurar que los fondos acumulados lleguen a quienes legalmente les corresponden”, aseguró Báez.

Los beneficiarios legales son, son los familiares directos del afiliado fallecido o los herederos legales son quienes podrán hacer el reclamo y estos deben presentar la documentación requerida para iniciar el proceso de reclamación. En muchos de estos casos, los recursos han permanecido durante años sin ser tocados, generando intereses, a pesar de que existe un derecho vigente sobre los mismos.

Este criterio ha sido respaldado por la sentencia TC 305-25 del Tribunal Constitucional, que reconoce de manera retroactiva el derecho a acceder a la pensión de sobrevivencia

El director de la DIDA también exhortó a las Administradoras de Fondos de Pensiones a realizar un esfuerzo conjunto para garantizar la devolución de aportes a los herederos legales o la entrega de la pensión correspondiente, según cada caso. Asimismo, invitó a fortalecer los mecanismos de localización y notificación de beneficiarios.

“Las AFP deben sumarse a este esfuerzo. No puede haber recursos acumulados de personas fallecidas mientras sus familias enfrentan dificultades económicas. Cada peso sin reclamar en las cuentas es un derecho postergado”, manifestó Báez.

Para facilitar el acceso a este servicio, la DIDA ha puesto a disposición de los ciudadanos su Línea 24/7, donde se brinda asistencia gratuita todos los días de la semana, así como otros canales digitales y presenciales de contacto: Línea gratuita DIDA 24/7: 809-472-1900