Diputados aprueban en segunda lectura proyecto de Ley de Alquileres

Martin Severino | 18 julio 2025

Santo Domingo. – En una sesión extraordinaria celebrada este viernes, la Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura y con modificaciones el proyecto de Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucio, iniciativa impulsada por el presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco.

La propuesta legislativa recibió el respaldo de 135 diputados y ahora será enviada al Senado para agotar el mismo proceso de aprobación. Si no es sancionada en dos lecturas por los senadores antes de la medianoche del 26 de julio, la pieza legislativa se considerará perimida y deberá ser reintroducida desde cero.

El proyecto busca establecer un marco legal claro para regular las relaciones contractuales entre propietarios e inquilinos, aplicable tanto a viviendas como a locales comerciales y espacios destinados a actividades sin fines de lucro.

Uno de los principales cambios introducidos en la sesión de hoy se refiere al número de depósitos requeridos al momento de firmar un contrato. Para alquileres con fines habitacionales, se establece un máximo de tres depósitos. En el caso de alquileres comerciales, los depósitos quedarán sujetos a acuerdos entre las partes involucradas.

Además, el texto modificado dispone que, con la autorización de arrendadores e inquilinos, los fondos de garantía podrán ser custodiados por el Banco Agrícola o el Banco de Reservas.

Otra modificación relevante se realizó al artículo 8, el cual regula el reajuste del precio del alquiler. Ahora se establece que cualquier aumento deberá ser consensuado entre ambas partes y no podrá superar el 10 % del valor de la renta al momento de la renovación del contrato.

En lo que respecta a los procesos de desalojo, el artículo 45 especifica que la ejecución de una sentencia de desahucio será responsabilidad de un juez de paz. El desalojo deberá realizarse dentro de un plazo de cinco días calendario tras la solicitud, mediante un auto que autorice el traslado o la designación de un oficial con fe pública para ejecutar la sentencia.

La normativa también contempla las causas que permitirían la finalización de un contrato de alquiler, tales como acuerdo entre las partes, vencimiento del contrato, pérdida o destrucción del inmueble, incumplimiento contractual o el uso del bien con fines ilícitos.

Con esta nueva legislación, el Congreso Nacional busca equilibrar los derechos y deberes de arrendadores e inquilinos, promoviendo mayor transparencia y seguridad jurídica en las relaciones de alquiler.