Gobierno aprueba reglamento para cobrar impuestos a plataformas digitales a través del decreto 30-25

Max Herrera | 04 marzo 2025

Santo Domingo.- El gobierno del presidente Luis Abinader emitió por decreto la aplicación de un reglamento mediante el cual las autoridades dispondrían implementar la aplicación del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a los servicios digitales prestados por proveedores con domicilio en el extranjero y consumidos en el país.

La medida fue oficializada mediante el decreto 30-25, publicado en la Gaceta Oficial 11186 el pasado 25 de enero de 2025.

Este reglamento entrará en vigor aproximadamente en julio de 2025, seis meses después de su promulgación.

Con la nueva disposición, el ITBIS se aplicará a todos los servicios digitales que sean utilizados, consumidos o captados dentro del territorio nacional, abarcando una amplia gama de servicios populares.

Servicios afectados

El reglamento afectará principalmente a las siguientes categorías de servicios digitales:

Streaming de video y música: Plataformas como Netflix, Spotify, Disney+, entre otras.

Publicidad en línea y redes sociales: Servicios como Facebook Ads, Google Ads, etc.

Plataformas de intermediación: Empresas como Uber, Airbnb y similares.

Servicios de almacenamiento en la nube y software como servicio (SaaS).

Venta de productos digitales: Incluye libros electrónicos, cursos en línea, videojuegos, entre otros.

Sin embargo, se ha señalado que los servicios que ya están exentos del ITBIS bajo la legislación actual, como la educación, la salud, el transporte terrestre y los servicios financieros, no se verán afectados por este nuevo reglamento.

Las plataformas digitales extranjeras que presten servicios en la República Dominicana tendrán las siguientes obligaciones:

Registro: Deberán registrarse en la DGII dentro de un plazo de 90 días para obtener un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

Declaración y Pago del ITBIS: Tendrán que declarar y pagar el ITBIS mensualmente a través de la plataforma virtual de la DGII.

Transparencia: Deberán facilitar información sobre sus operaciones en el país cuando sea requerida por las autoridades fiscales.

Auditorías: Las empresas deberán permitir que la DGII realice auditorías para verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

El reglamento también establece sanciones para las empresas que no cumplan con la normativa, conforme al Código Tributario dominicano y otras leyes pertinentes.