Condena a 30 años a responsables de ultimar administrador de estación de combustible durante asalto

Martin Severino | 07 junio 2024

Santo Domingo. – El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 30 años de prisión a Wander Antonio Tavares Peña y a Gabriel Nicolás Martínez Rivera, alias Gaby, tras ser declarados culpables de ultimar a Francisco Javier Santiago Polanco durante un asalto, en una estación de combustible en la que trabajaba como administrador, para ser despojado de su arma de fuego, la cual portaba de manera legal.

El Ministerio Público, representado por las fiscales litigantes Elaine Soto y Yukerky Utate, logró que las juezas Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo variarán la calificación jurídica inicial del proceso. Además, aportaron las pruebas periciales, materiales y documentales que condujeron a la condena de 30 años para cada involucrado, la cual deberán cumplir en el Centro Penitenciario de La Victoria.

De acuerdo con el fiscal investigador, José Martínez, el hecho ocurrió el 27 de octubre de 2022, en la estación de combustible Shell ubicada en la avenida San Martín, en el Ensanche La Fe, del Distrito Nacional, mientras la víctima se encontraba en el lugar, junto a dos compañeros de trabajo, cuando Wander Antonio Tavares Peña y Gabriel Nicolás Martínez Rivera, llegaron a bordo de una motocicleta, simulando que iban a abastecerse de combustible.

Al llegar al lugar, ambos se desmontaron de la motocicleta y sacaron sus armas de fuego tipo revólver, uy fue en ese momento que Martínez Rivera realizó el primer disparo, haciendo que la víctima cayera al pavimento, y posteriormente, Tavares Peña realizó varios disparos adicionales con los que el occiso cayo abatido y fue luego despojado de su arma de fuego; marchándose de la escena a bordo de una motocicleta.

El hecho fue captado por las cámaras de seguridad de la empresa, así como las de varios negocios adyacentes y, con el apoyo del Sistema Nacional de Emergencia 9-1-1, se pudo ubicar el recorrido trazado, fílmicas que permitieron a los agentes de la Policía Nacional identificar y apresar a los responsables mediante allanamientos simultáneos.

Dicho accionar fue tipificado como asociación de malhechores, para cometer robo agravado, delito presidido de homicidio voluntario, haciendo uso de arma de fuego ilegal, en violación a los artículos 265, 266, 295, 304, 379 y 382 del Código Penal Dominicano y de los artículos 66, párrafo II, y 67 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas.